Acuerdo de Vacaciones Convenio Colectivo Calzado

La Comisión Comarcal de Mediación firma el acuerdo de Vacaciones 2010.
Acuerdo de Vacaciones Convenio Colectivo Calzado
Con el objetivo de que los treinta días naturales de disfrute de vacaciones que establece el Convenio se realicen con la mayor uniformidad posible, se acuerda que las mismas den comienzo en todas las empresas el día 2 de Agosto.

Las empresas que por necesidades de producción, tesorería o servicio de pedidos no puedan realizar los treinta días naturales consecutivos (del 2 de agosto al 31 de agosto, ambos inclusive) podrán, de mutuo acuerdo con sus trabajadores, reducir el tiempo de disfrute de 30 días seguidos, en cuyo caso se sustituirán los días que dejen de vacar por otros, de igual naturaleza (festivos por festivos y laborables por laborables), en las fechas navideñas o aprovechamiento de puentes, no pudiendo cambiar, salvo pacto, los días laborables por festivos. 
Los empresarios y trabajadores tendrán hasta el 2 de Junio para negociar las posibles modificaciones. En caso de desacuerdo se puede solicitar la intervención de la Comisión de Negociación que se reunirá al efecto el próximo 8 de Junio.
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