Las empresas aún pueden solicitar su inclusión en el Plan Calzado

Todas las empresas que lo han solicitado han obtenido respuesta positiva.
Las empresas aún pueden solicitar su inclusión en el Plan Calzado
Sin embargo, les recordamos que, dado el amplio abanico de actividades industriales que comprende nuestro sector, y a instancia de AEC, la disposición adicional séptima contempla la posibilidad de que, en el caso de que su empresa no pertenezca a los CNAES anteriores, pueda solicitar la inclusión en el Plan Calzado, siempre que “realice actividad industrial, para el sector de fabricación y componentes del calzado, curtidos y marroquinería, en un porcentaje igual o superior al 60% del valor de su producción total en los últimos tres años”.
Hasta la fecha, todas las empresas que han solicitado su inclusión en el Plan Calzado, han obtenido una respuesta positiva. Recuerde que para solicitar su inclusión en el Plan Calzado su empresa debe ser “fabricante”. No se admiten las empresas cuya actividad es meramente comercial.
Uno de los derechos más importantes para las empresas dentro del Plan, es la bonificación de cuotas a la Seguridad Social, en un 50 % de la cuota empresarial, por contingencias comunes de aquellos trabajadores que tenían cumplidos los 55 años antes del 5 de Octubre de 2007 o los cumplían antes del 31 de diciembre de 2009. Pueden solicitar la devolución de las cuotas pagadas por estos trabajadores con carácter retroactivo. El Plan finaliza su vigencia el 24 de Febrero de 2011.
En el apartado SECTOR/PLAN CALZADO de la web de AEC:  www.aeecc.es  puede obtener la legislación y el documento de solicitud de inclusión. Si desea que AEC le oriente en el proceso de solicitud de inclusión, puede llamar aL 965 46 01 58. AEC al servicio de sus Asociados.
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